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¿Qué sucede en caso de que se requiera información trascendental de sujetos no obligados a transparentar su información, como es el caso del Sindicato de PEMEX?. La pregunta se piensa bajo la suposición de que la trascendencia de la información requerida pudiera tener un impacto fundamental en la escena nacional. ¿En algún paÃs del mundo los partidos polÃticos están obligados a transparentar información?
Respuesta
6/01/2010
La transparencia sindical es un tema pendiente en materia de transparencia y acceso a la información. En la medida de que reciben dinero público si se debe saber las cantidades que se van a ese fin sin que ello implique meterse en la vida sindical. El sindicato de PEMEX en especial tiene antecedentes de amparos interpuestos para evitar que la propia paraestatal (que es sujeto obligado de la ley) abra información sobre el recurso que destina al sindicato, con precedentes desafortunados en donde se les ha concedido al sindicato. En principio esto no nos llamarÃa la atención a no ser por los escándalos que en materia electoral se han presentado por la supuesta desviación de fondos de los sindicatos a las campañas.
México tiene a los partidos polÃticos como obligados indirectos a los partidos polÃticos, para ejercicios legislativos lamentables está el dictamen de la cámara de senadores en donde al reformar el artÃculo 6 constitucional usó más de quince páginas para justificar porque los partidos polÃticos no debÃan ser transparentes. |
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Cuando realizas una entrevista a una o varias personas dentro de un manicomio o cárcel, ¿Qué se tiene que hacer para que te cedan los derechos, excepto los morales? ¿Sucede lo mismo para un documental o noticiero?
Respuesta
6/01/2010
En el caso de la cárcel se pueden difundir información que sea de interés público respetando los derechos de personalidad de los que participan en las entrevistas y en su caso, incluso por protección, borrar su imagen sino es indispensable para comunicar lo que se pretende. En los manicomios dada la incapacidad legal para dar un consentimiento por parte de los internos se debe tener cuidado de que no haya responsabilidades que hagan valer sus familiares y obtener los permisos administrativos de las autoridades que resguardan estos lugares. |
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¿El derecho a la información es aplicable a quienes laboran en áreas de prensa o comunicación de alguna dependencia de gobierno -cualquier nivel- o institución educativa que ejerce gasto público y por lo tanto debe dar cuenta de sus acciones o solamente se ejerce el derecho de informar?
Respuesta
6/01/2010
Conforme al espÃritu de las leyes de transparencia y acceso a la información toda persona que ejerza actos públicos y actos de autoridad está obligado a rendir cuentas y ser sujeto del escrutinio público de tal suerte que conforme a la ley deberá tener información de oficio disponible sin que medie solicitud asà como responder de manera fundada y motivada las solicitudes de acceso en función del tipo de información que se requiera ya sea concediendo el acceso, reservándola temporalmente conforme a derecho o requiriendo se identifique de tratarse de datos personales. |
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¿Qué se requiere para legislar la distribución equitativa de la publicidad oficial para evitar que sea un mecanismo de censura?
Respuesta
6/01/2010
Se puede contestar con dos palabras: voluntad polÃtica. Este pendiente se ha señalado desde hace tiempo, existen estudios y propuestas que se pueden discutir a efecto de evitar que la publicidad se convierta en el premio o castigo que el gobierno indebidamente emplea de manera discrecional en el ejercicio de recursos públicos.
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Los 17 indicadores jurÃdicos y su relación con alguna ley de medios. ¿De qué manera se aplican para casos concretos, como se interrelacionan, sino quedan en el campo enunciativo?
Respuesta
6/01/2010
Los indicadores legales para el acceso a la información lo que evalúan es la calidad de contenidos en las leyes de transparencia y acceso a la información pública de nuestro paÃs. Ya respecto a una ley de medios tenemos que entrar al campo del derecho a la información y la libertad de expresión a efecto de ver que modelos favorecen la pluralidad de expresiones, evitan los monopolios y equilibran los alcances y lÃmites de este derecho. Lo ideal en todo sistema jurÃdico es que no se quede solo en buenas intenciones plasmadas en letra muerte sino por el contrario se logre la eficacia, en parte concretizada por la legitimidad de sus contenidos. |
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¿Cuál es su opinión sobre que el IFAI a petición de un ciudadano resolvió ordenar al CISEN revelar qué estudian (materias y talleres impartidos) los futuros agentes en la Escuela de Inteligencia para la Seguridad Nacional, pero ratifica que se reserven datos sobre el personal docente, perfil de alumnos y manual interno? ¿Es esto una muestra de los avances en materia de Acceso a la Información en México?
Respuesta
6/01/2010
Lo anterior es un ejemplo de las posibilidades que se ofrecen a través del acceso a la información en donde en este caso se equilibra el acceso a aquella información que permite saber cómo se gestiona en materia de educación y actualización del CISEN y por otra evita que se abra información que por su naturaleza pudiera tener un factor de riesgo para los que intervienen en ese proceso. Lo importante en este caso es ver la forma en que el IFAI fundó y motivó la reserva del acceso a cierta parte de información para la certeza jurÃdica de sus fallos. |
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